ITE. INSPECCIÓN TÉCNICA DEL EDIFICIO
La Inspección Técnica de Edificaciones, más conocida por sus siglas ITE, es la inspección por la que tiene que pasar todo edificio con una antigüedad determinada con el fin de valorar si reúne todos los requisitos de seguridad.
¿QUE ES LA INSPECCIÓN TÉCNICA DEL EDIFICIO?
La Ite es el procedimiento mediante el cual la administración pertinente regula el mantenimiento en buen estado de uso y conservación de los edificios y construcciones de un término municipal.
Con esta actuación se pretende evitar que se produzcan daños a las personas y bienes por la mala conservación de éstas, es una de las áreas principales en los servicios de arquitectura técnica que ofrecemos.
Obligatoriedad de la inspección técnica de edificios.
Los edificios con una antigüedad superior a 50 años, salvo que las Comunidades Autónomas fijen distinta antigüedad en su normativa, destinados preferentemente a uso residencial situados en los municipios señalados en la disposición adicional tercera, deberán ser objeto, en función de su antigüedad, de una inspección técnica periódica que asegure su buen estado y debida conservación, y que cumpla, como mínimo, los siguientes requisitos:
- Evaluar la adecuación de estos inmuebles a las condiciones legalmente exigibles de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato.
- Determinar las obras y trabajos de conservación que se requieran para mantener los inmuebles en el estado legalmente exigible, y el tiempo señalado al efecto
TOMA DE DATOS.
Previamente a la visita se habrán de tomar datos del edificio con objeto de adquirir una primera idea previa del estado del mismo, por ejemplo sistema constructivo, año de construcción, orientación, volúmenes, entorno y situación.
RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL EDIFICIO.
Se requerirá a la propiedad del inmueble la presentación de todo tipo de documentos relativos al edificio, para conocer sus antecedentes de reformas, mantenimiento o incidencias. Ejemplos de estos documentos pueden ser:
- Libro del edificio.
- Contratos de mantenimiento.
- Proyectos de reforma.
- Licencias de obras.
- Actas de bomberos por posibles intervenciones.
- Reclamaciones de vecinos por patologías, etc.
VISITA AL INMUEBLE.
Una vez obtenidos estos datos iniciales, se procede a la visita, realizada por técnico cualificado para valorar el estado del edificio e iniciar la tramitación..
En dicha visita podrá comparecer todo vecino que lo desee, siendo necesaria la del presidente o persona autorizada para acompañar al técnico por el inmueble. Se realizará visita por todas las zonas comunes e inmuebles que el técnico considere oportuno.
Siempre será obligatoria la visita a los inmuebles de planta alta, planta baja y cualquiera que tenga un patio o elemento singular. Asimismo, se realizará visita a cualquier inmueble que sea requerido por algún vecino.
Con objeto de evitar contratiempos durante la visita, se requerirá la publicación de ésta en el tablón de la comunidad con una antelación mínima de 7 días, a fin de que todas las viviendas, locales, trasteros y demás dependencias estén disponibles para acceder a ellos si es necesario.
Si un vecino no puede estar presente durante la visita, se ruega que deje a persona autorizada para poder acceder al inmueble.
Desarrollo de la visita al inmueble.
La visita al edificio suele iniciarse en sentido vertical descendiente, es decir, solemos comenzar inspeccionando la cubierta: soleria, impermeabilización, pretiles, cornisas superiores, etc.
En el caso de cubiertas inaccesibles, “con trampilla” para acceder a ellas, se requiere que la comunidad facilite los medios, tales como escaleras, o en caso contrario lo comuniquen previamente).
Una vez inspeccionada la cubierta, se accederán a las dependencias de la planta última, con objeto de inspeccionar principalmente si los techos de éstas sufren filtraciones de agua o no.
La visita continuará por las zonas comunes del inmueble, comprobando fijaciones de barandillas de escaleras, estado de los paramentos, etcétera.
Inspección del edificio.
Como se especificó en el apartado anterior, se visitarán las viviendas de la planta baja, o aquellas que dispongan de patios y demás elementos singulares, así como todas aquellas viviendas o locales comerciales que los propietarios requieran.
Se comprobará el estado de los locales de instalaciones, como son cuartos de contadores, tomas de tierra, cuadros, depósitos, arquetas, etcétera.
Para concluir la visita, inspeccionamos las fachadas exteriores y medianeras con otros inmuebles.
Con todos los datos obtenidos, se estudiará la necesidad de una segunda visita para verificaciones adicionales antes de finalizar la visita al edificio, y así sucesivamente.
REDACCIÓN Y TRAMITACIÓN DEL INFORME ANTE EL AYUNTAMIENTO.
Una vez obtenido todos los datos procederemos a la redacción del informe cuyo resultado podrá ser “ITE favorable” en cuanto al cumplimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato publico según las exigencias de la ordenanza, o “ITE desfavorable”, en cuyo caso llevará aparejadas las actuaciones necesarias para resolver las deficiencias detectadas.
El informe técnico se enviara al registro del Colegio oficial oportuno. Una vez registrado se entrega una copia a la propiedad y seguidamente se gestionara en el Ayuntamiento para su inscripción