CEE – CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA.

El certificado de eficiencia energética, CEE, para que sea un documento completo, debe incluir el contenido mínimo el indicado en el artículo 6 del RD 235/2013, debe estar suscrito por un técnico competente y estar realizado con alguno de los documentos reconocidos por el Ministerio de Energía inscrito en el registro general: CE3, CE3X, Cerma y Lider-Calener.

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CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA – CEE

 

En los edificios de nueva construcción la certificación de la eficiencia energética se realiza en dos fases: un certificado de eficiencia energética de proyecto y un certificado de eficiencia energética de edificio terminado

Se entiende por edificios de nueva construcción aquellos cuya solicitud de licencia de obra sea posterior al 1 de Noviembre de 2007.

Para obtener la primera licencia de ocupación en viviendas y edificios de viviendas, o para la licencia de apertura en edificios terciarios, se deberá disponer de la etiqueta energética (posterior al registro del certificado de edificio terminado) y del documento de registro del certificado.

El certificado de eficiencia energética de edificios tiene una validez de diez años

No obstante, según el artículo 12 del RD 39/2015, este documento tendrá que ser actualizado, si previo a la venta o alquiler de un inmueble, se han realizado reformas o cualquier tipo de actuación que haya podido modificar la calificación energética del inmueble reflejada en el certificado de eficiencia energética en vigor. 

El propietario será responsable de su actualización.